martes, 23 de julio de 2013

AGENTE INMOBILIARIO: ¿QUÉ SE VIENE PARA LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA?

 El nuevo escenario para los Agentes Inmobiliarios

El escenario que se presenta posterior a la Ley 29080 "Ley de creación del Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento" y su Reglamento, cambia el enfoque que anteriormente se tenia de la actividad inmobiliaria, ya que las nuevas condiciones instituidas por la Ley ,requieren que el Agente Inmobiliario este preparado para desarrollar el servicio de intermediación ,destinado a la adquisición, administración, arrendamiento, comercialización, asesoramiento ,consultoría, transferencia, venta, sesión, uso, usufructuo, permuta ,u otra operación inmobiliaria a titulo oneroso.

Todo esto obliga al Agente Inmobiliario a tener una certificación oficial que permita confiar en la idoneidad del servicio que  brinda; lo que además generara impulso al sector inmobiliario con un marco legal y formal adecuado.Anterior a la dación de la Ley 29080 la falta de normatividad ponía en riesgo el  patrimonio de las personas y no permitía que se reconozca justos honorarios a los Agentes Inmobiliarios responsables.

Hoy el negocio inmobiliario mueve muchos millones de dólares en transacciones y sólo en Lima participan más de 2000 Agentes formales e informales.Entonces, surgen inquietudes que entre los Agentes han dado pie a debates. Por ejemplo,  ¿La Llegada de inversionistas extranjeros con  necesidad de comprar o arrendar inmuebles, también traerá empresas inmobiliarias extranjeras que a través de Franquicias podrían llegar y monopolizar la actividad?Así es y debería incluirse un marco legal que proteja al Agente Inmobiliario peruano registrado, pero eso no será suficiente si el A I R no es capaz de cambiar su actitud frente a la actividad Inmobiliaria.

Un ejemplo de esto es lo que ocurrió con las boticas de barrio, que por una Ley, tenían el monopolio de tener un territorio de varias manzanas en los distritos. Pero lejos de aprovechar ese privilegio, atendían cuando les venia en gana, no respetaban los turnos, no se preocupaban por equiparse, mantener stock y cobraban lo que querían.Y que ocurrió? se dio otra Ley, que permite ahora, que se pueda abrir una farmacia al lado de otra, se regulo la obligación de un manejo profesional y moderno, se exigió cumplir con una normatividad que garantice un buen servicio al usuario.

Aparecieron entonces las Cadenas de Farmacias, muchas extranjeras y desplazaron a las farmacias de barrio hasta desaparecerlas.Cuales han sobrevivido? Aquellas que fueron capaces de reestructurar su forma de enfrentar la actividad y fueron capaces de juntarse en asociaciones estratégicas para competir, utilizando los métodos y herramientas modernas de las empresas transnacionales.

Lo mismo puede ocurrir con los Corredores de inmuebles, acostumbrados a servirse de clientes que les llegan por estar ubicados en algún lugar privilegiado, pero que no utilizan herramientas de análisis ni de marketing modernos para estar vigentes.Por otro lado en el Perú, antes de la Ley ,cualquier persona sin ningún tipo de formación, experiencia o infraestructura, podía ejercer la actividad de intermediación inmobiliaria, que se debe entender como una profesión , pero a partir del 2010 eso cambiara ,aunque desde el punto de vista constitucional, no se podrá restringir la actividad ,solo a los Agentes Registrados y será el mercado quien escoja trabajar con un Agente formal o informal ,a pesar del riesgo y la poca garantía que implica tratar con este ultimo.

 Por otro lado, aun se percibe un temor a tener que capacitarse, formalizarse y ser vigilados como sucede, por ejemplo, con los corredores de bolsa; además, se percibe resistencia a tener que reportar contable y tributariamente todas las intermediaciones realizadas.( Ley 25475 y Res.SBS Nº1782-2007).Sin embargo, de otra parte hay Empresas nacionales e internacionales  interesadas en que de una vez por todas se ‘regule' la actividad. 

Esto traerá necesariamente la necesidad de constituir una organización gremial, impulsada por todos, con un reglamento, un código y un tribunal de ética que realice un seguimiento a las acciones de los Agentes Inmobiliarios y que solicite al estado, incorporar  a la ley 29080  los cambios jurídicos que obliguen a los clientes a pagar los honorarios pactados. Además se deberá crear un programa de capacitación constante y asesoría en todo tipo de trámites y elaboración de documentos estandarizados para lograr que los Agentes inmobiliarios cuenten con todas las herramientas para que ejerzan su profesión con idoneidad y con la seguridad de que su labor va a ser remunerada justamente

Y hay que hacerlo, pues con el TLC y la llegada masiva de inversionistas, también están llegando  transnacionales ,como Reemax . Por ello tenemos que dejar de pensar como las boticas de barrio y dejar a un lado las malas prácticas de intermediación inmobiliaria del  pasado, ya que  la globalización nos obliga a contar con las condiciones necesarias para competir con expertos de otros países.

Ivan Milla Euribe
Gerente general de Gestores Inmobiliarios.
Registro Ministerio de Vivienda N° PN-0013
www.gestores-inmobiliarios.com

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