Ley N° 30201, publicada en el diario oficial El Peruano el pasado miércoles 28 de mayo.
Según la ley N° 30201 el Registro de morosos también incluirá a deudores de servicios, esto quiere decir que permitirá denunciar y registrar apropietarios que deben dinero por cuotas de gastos de mantenimiento a las juntas de sus edificios.
ANTECEDENTES
Vivir en un condominio o en un edificio multifamiliar puede convertirse en un dolor de cabeza. Sobre todo si no conocemos las normas que rigen la convivencia. El estado debió en su momento hacer docencia para capacitar a las miles de personas que después de vivir en casas con costumbres propias de ocupar un lote independiente, pasaron a comprar un departamento en un edificio o condominio. Ese tránsito de compra ,tampoco fue acompañado por la capacitación adecuada de parte de las constructoras y finalmente las personas ,por desconocimiento se encontraron envueltas en conflictos con sus vecinos.
En muchos casos los propietarios deben hacerse cargo de las deudas de vecinos que no pagan servicios comunes ni mantenimiento. Pero ahora, los nombres de algunos de estos morosos podrán figurar en el registro de deudores judiciales, una lista que podría disuadir a los morosos de dejar de pagar sus obligaciones. Si bien el temor de aparecer en esta lista negra podría disuadir a algunos de dejar de pagar, esto no será tan simple y rápido mientras que no haya una sentencia judicial que acredite la deuda.
NORMATIVIDAD
Para que una Junta de Propietarios pueda iniciar una acción judicial a los morosos, esta debe tener PERSONERIA JURIDICA es decir debe de estar inscrita en Registros Públicos. En ese escenario, las acciones disuasivas funcionan ,se puede tomar los servicios de una central de riesgos, también se puede tomar los servicios de un Centro de Conciliación para que se incorpore en el Reglamento Interno la obligación de los pagos por mantenimientos y las sanciones a impartir en caso de morosidad.
En el escenario de que la junta de Propietarios no tenga Personería Jurídica ,la situación es delicada, porque se debe comenzar por realizar el trámite para obtenerla y lamentablemente los morosos harán lo imposible para evitarlo.
Pero por ahora la única forma de exigirle a un vecino el pago de una deuda por mantenimiento es con un juicio y La demanda solo puede ser planteada por el presidente de la junta de propietarios, siempre y cuando él y el grupo estén inscritos en Registros Públicos.
ALTERNATIVAS
El proyecto de ley 2622/2013 CR, denominado Ley que regula la administración inmobiliaria en el Perú, (en la cual participo como consultor el autor de este articulo), incorporara una acción que definitivamente evitara la morosidad sostenida indefinidamente en el tiempo. Cualquier persona natural o jurídica que quiera vender su propiedad, deberá presentar al Notario, el Certificado de no Adeudo de los gastos de mantenimiento del edificio o condominio firmados por el Administrador o el Presidente de la junta de Propietarios.
Según algunos especialistas ,la mayoría de edificios de Lima, no cuentan con su junta de propietarios inscrita ,se calcula que el 95% de edificios multifamiliares de la capital no tiene juntas de propietarios con personería jurídica.
Si bien el costo de la inscripción de una personería jurídica cuesta en promedio S/.2.500,
sin embargo ese, no es un impedimento como si lo son los requisitos que se deben adjuntar al Registrador:
-Acta de asamblea, donde se hayan seguido los procedimientos que establece la ley (convocatorias, quorum, firmas) y donde se otorgue poder al presidente para que en nombre de la junta inicie el trámite de inscripción de la personería jurídica.
-Fichas Registrales de todas las áreas exclusivas
-DNI de todos los propietarios Registrales.
Basta que un moroso no entregue sus documentos, o que sea inubicable para que no se pueda iniciar el tramite.
COBRAR EL AGUA: GRAN PROBLEMA
El cobro del recibo del consumo de agua genera conflictos en muchos condominios.
Según especialistas consultados, la mayoría de edificios multifamiliares tiene un medidor de agua general. En los modernos, cada unidadcuenta con un contometro de consumo que indica cuánto debe pagar el propietario por lo que consumió.
En los edificios antiguos, en cambio, es difícil calcular cuánta agua consume cada departamento. Pese a que es contra la ley en muchos edificios, los vecinos acuerdan cortar el agua a los morosos para obligarlos a pagar sus cuotas.
LA ESPECIALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN INMOBILIARIA
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